UGT Extremadura recuerda el derecho al permiso retribuido por fuerza mayor ante las alertas meteorológicas
El sindicato exige a empresas y administraciones más prevención y garantías para proteger la seguridad y la salud de las personas trabajadoras
Fecha: 28 Ene 2026
Ante las alertas meteorológicas declaradas en el día de hoy por la Agencia Estatal de Meteorología y que afectan en distinto grado a gran parte del territorio extremeño, UGT Extremadura recuerda que el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.3.g, reconoce un permiso retribuido por fuerza mayor climática para las personas trabajadoras.
Este precepto legal establece que los trabajadores y trabajadoras pueden disponer de hasta cuatro días de permiso retribuido cuando exista imposibilidad de acceder al centro de trabajo o de transitar por las vías necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento acordadas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos.
Asimismo, el citado artículo indica que, cuando la naturaleza de la prestación laboral sea compatible con el trabajo a distancia y el estado de las redes de comunicación lo permita, la empresa podrá establecer esta modalidad, siempre observando las obligaciones recogidas en la Ley 10/2021 de trabajo a distancia.
En consecuencia, queda claro que las personas trabajadoras en Extremadura pueden ausentarse de su puesto de trabajo mediante un permiso retribuido cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias: imposibilidad de acudir al centro de trabajo o restricciones en las vías de circulación; existencia de un riesgo grave o inminente, incluido el derivado de un fenómeno meteorológico adverso; establecimiento por parte de las autoridades de recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento; o cuando la prestación laboral no sea compatible con el teletrabajo con medios proporcionados por la empresa.
UGT Extremadura subraya que las personas trabajadoras que hayan comunicado a la empresa su imposibilidad de acudir al puesto de trabajo por causa de fuerza mayor climática tienen derecho a este permiso retribuido, sin que la empresa pueda descontarlo del salario ni obligar a recuperar las horas no trabajadas. Cualquier actuación en este sentido sería ilegal.
El sindicato pone a disposición de los y las trabajadoras su asesoramiento y apoyo para denunciar ante la Inspección de Trabajo cualquier irregularidad o descuento indebido en la nómina derivado de estas situaciones.
Por último, UGT Extremadura exige avanzar en mayores medidas de protección frente a catástrofes climáticas cada vez más frecuentes. En este sentido, a través de la negociación colectiva se fomentará la incorporación de protocolos de actuación y prevención de riesgos específicos frente a fenómenos meteorológicos adversos, tal y como permite el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Frente a alertas climáticas como las declaradas hoy en la región, UGT Extremadura recuerda la obligación de proteger la seguridad y la salud de las personas trabajadoras, adaptando la prevención de riesgos laborales a la nueva realidad climática.